LNEP

Artículo 140. Cancelación de libertad condicionada

La libertad condicionada puede ser revocada por violaciones a los términos establecidos, por extinción de la pena o por la comisión de un nuevo delito. Esto resalta la importancia de cumplir con las condiciones impuestas.

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Texto Legal

Cancelación de la libertad condicionada La medida de libertad condicionada terminará por revocación en los casos de violación reiterada a los términos establecidos por el Juez de Ejecución, por sustitución, por la extinción de la pena en su totalidad o por el otorgamiento de la libertad anticipada, o cometa un nuevo delito en el plazo que resta para el cumplimiento de la pena originalmente impuesta.

Capítulo II Libertad Anticipada

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es fundamental que los beneficiarios de la libertad condicionada comprendan las consecuencias de no cumplir con las condiciones, ya que esto puede llevar a su reincarcelación.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 140 del LNEP?

La libertad condicionada puede ser revocada por violaciones a los términos establecidos, por extinción de la pena o por la comisión de un nuevo delito. Esto resalta la importancia de cumplir con las condiciones impuestas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 140 de la LEY Nacional de Ejecución Penal?

[IA] Es fundamental que los beneficiarios de la libertad condicionada comprendan las consecuencias de no cumplir con las condiciones, ya que esto puede llevar a su reincarcelación.

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