Se prohíbe la fabricación de billetes o monedas sin autorización, con sanciones para los infractores. El Banco de México puede fabricar piezas bajo ciertas condiciones.
Queda prohibida la fabricación de piezas nacionales o extranjeras que hubieren tenido el carácter de billetes o de monedas metálicas. Los infractores serán sancionados administrativamente por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, oyendo al Banco de México, con multa hasta de un tanto del valor de mercado de las piezas reproducidas, o de no existir éste, del valor que les fije la propia Secretaría.
El Banco de México, con autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, podrá fabricar piezas mexicanas de las señaladas en el párrafo anterior. Artículo adicionado DOF 07-01-1980
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La fabricación no autorizada de moneda puede tener graves consecuencias legales. Es esencial que los profesionales informen a sus clientes sobre las regulaciones pertinentes.
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