LGMASC

Artículo 48. Acuerdos reparatorios: requisitos y efectos

Regula los requisitos especificos de los acuerdos reparatorios en materia penal, las formas de reparacion del dano y los efectos sobre la accion penal.

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Texto Legal

Articulo 48 — Acuerdos Reparatorios: Requisitos y Efectos

El acuerdo reparatorio es el convenio alcanzado entre la victima u ofendido y el imputado, como resultado de un mecanismo alternativo en materia penal.

Requisitos del acuerdo

I. El acuerdo reparatorio debera contener:

a) La identificacion de la victima y del imputado;

b) La descripcion del hecho delictivo que origina el procedimiento;

c) Las obligaciones de reparacion asumidas por el imputado, con plazos y modalidades de cumplimiento;

d) Las consecuencias del incumplimiento;

e) La firma de las partes, del facilitador y la aprobacion del Ministerio Publico o del juez de control.

Formas de reparacion

I. La reparacion del dano podra incluir:

a) Restitucion de la cosa obtenida por el delito o su valor;

b) Indemnizacion del dano material y moral causado;

c) Prestacion de servicios a la comunidad;

d) Disculpa publica o privada;

e) Compromiso de no repeticion de la conducta;

f) Cualquier otra forma de reparacion que las partes acuerden y que sea compatible con la ley.

Efectos sobre la accion penal

I. El cumplimiento del acuerdo reparatorio extingue la accion penal respecto del imputado que lo celebro.

II. El incumplimiento del acuerdo deja sin efecto la suspension del proceso penal y se reanuda el procedimiento en la etapa en que fue suspendido.

III. El acuerdo reparatorio no constituye reconocimiento de culpabilidad y no podra ser utilizado como prueba en caso de que el procedimiento penal se reanude.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Los acuerdos reparatorios en materia penal tienen efectos de extincion de la accion penal cuando se cumplen integramente. En SDV Asesores de Negocio asesoramos a clientes sobre la conveniencia de acuerdos reparatorios en delitos patrimoniales y fiscales, pues pueden evitar la continuacion del proceso penal y sus consecuencias.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 48 del LGMASC?

Regula los requisitos especificos de los acuerdos reparatorios en materia penal, las formas de reparacion del dano y los efectos sobre la accion penal.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 48 de la Ley MASC?

Los acuerdos reparatorios en materia penal tienen efectos de extincion de la accion penal cuando se cumplen integramente. En SDV Asesores de Negocio asesoramos a clientes sobre la conveniencia de acuerdos reparatorios en delitos patrimoniales y fiscales, pues pueden evitar la continuacion del proceso penal y sus consecuencias.

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