Establece las reglas para la estimacion y reporte de ingresos de los organismos descentralizados y las empresas productivas del Estado, incluyendo PEMEX, CFE, IMSS, ISSSTE y demas entidades paraestatales que generan ingresos propios.
Los organismos descentralizados y las empresas productivas del Estado generaran ingresos propios conforme a las siguientes disposiciones:
- PEMEX: Los ingresos de Petroleos Mexicanos y sus empresas productivas subsidiarias provendran de la venta de petroleo crudo, gas natural, productos petroquimicos y petroliferos. Los ingresos se estimaran con base en los parametros de produccion, precios internacionales del petroleo y tipo de cambio establecidos en los Criterios Generales de Politica Economica.
- CFE: Los ingresos de la Comision Federal de Electricidad provendran de la venta de energia electrica a usuarios domesticos, comerciales e industriales, conforme a las tarifas aprobadas por la Comision Reguladora de Energia.
- IMSS: Los ingresos del Instituto Mexicano del Seguro Social incluiran las cuotas obrero-patronales, las aportaciones del Gobierno Federal y los ingresos por servicios medicos a terceros.
- ISSSTE: Los ingresos del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado incluiran las aportaciones de los trabajadores, las cuotas del Gobierno Federal y los rendimientos de sus inversiones.
Los organismos y empresas productivas del Estado deberan reportar trimestralmente a la SHCP sus ingresos reales comparados con los estimados, asi como las variaciones significativas y sus causas.
Los excedentes de ingresos que generen los organismos y empresas productivas del Estado se destinaran conforme a lo dispuesto en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Los ingresos de organismos y empresas del Estado representan una porcion significativa de los ingresos totales de la Federacion. PEMEX y CFE son las entidades que mas ingresos generan. Los ingresos petroleros son particularmente sensibles a las fluctuaciones en los precios internacionales del crudo y al tipo de cambio. Las cuotas del IMSS e ISSSTE son relevantes para los patrones, que deben calcularlas correctamente para evitar diferencias con los organismos de seguridad social.
Art. 1. Ingresos totales de la Federacion para 2026
Establece el monto total de ingresos que se autoriza recaudar a la Federacion durante el ejercicio fiscal 2026, desglosado por rubros: impuestos, contribuciones de mejoras, derechos, productos, aprovechamientos, ingresos por ventas de bienes y servicios, y transferencias. Incluye la tabla completa de conceptos estimados de recaudacion.
Art. 3. Ingresos petroleros y Fondo de Estabilizacion de los Ingresos Presupuestarios
Regula el tratamiento de los ingresos petroleros excedentes y el mecanismo del Fondo de Estabilizacion de los Ingresos Presupuestarios (FEIP), asi como las reglas para el manejo de ingresos que excedan o resulten inferiores a los estimados en la LIF 2026.
Art. 22. Endeudamiento de entidades paraestatales y empresas productivas
Regula los limites de endeudamiento interno y externo de las entidades paraestatales y las empresas productivas del Estado durante 2026, asi como las condiciones para la contratacion de deuda y las obligaciones de transparencia asociadas.
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