Ley INFONAVIT

Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores

Ley que regula el funcionamiento del INFONAVIT y los créditos de vivienda para trabajadores

Publicado: 1972-04-24|Última reforma: 2024-01-10| PDF oficial

Estructura

73 artículos totales · 33 artículos clave analizados

Artículos (73)

Art.
1

Artículo 1. Objeto de la Ley INFONAVIT

Establece que la presente Ley es de utilidad social y de observancia general en toda la República, y tiene por objeto crear un sistema de financiamiento que permita a los trabajadores obtener crédito barato y suficiente para la adquisición de vivienda.

objeto de la leycrédito de viviendautilidad social
Art.
2

Artículo 2. Integración del Instituto

Establece que se crea un organismo de servicio social con personalidad jurídica y patrimonio propio, denominado Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, con domicilio en la Ciudad de México.

INFONAVITorganismo descentralizadopersonalidad jurídica
Art.
3

Artículo 3. Objeto del Instituto

Define los tres objetivos fundamentales del INFONAVIT: administrar los recursos del Fondo Nacional de la Vivienda, establecer y operar un sistema de financiamiento para créditos de vivienda, y coordinar y financiar programas de construcción de habitaciones.

objeto del INFONAVITfondo de viviendacrédito de vivienda
Art.
4

Artículo 4. Definiciones y conceptos fundamentales

Establece las definiciones legales aplicables a la Ley del INFONAVIT, incluyendo los conceptos de trabajador, patrón, salario, vivienda y los demás términos técnicos utilizados a lo largo de la ley.

definicionestrabajadorpatrón
Art.
5

Artículo 5. Órganos de gobierno del Instituto

Define la estructura orgánica del INFONAVIT, estableciendo los órganos que integran su gobierno: la Asamblea General, el Consejo de Administración, la Comisión de Vigilancia y el Director General.

órganos de gobiernoAsamblea GeneralConsejo de Administración
Art.
6

Artículo 6. Patrimonio del Instituto

Define los recursos que integran el patrimonio del INFONAVIT, incluyendo las aportaciones patronales, los rendimientos de las inversiones, los intereses de los créditos y demás bienes que adquiera.

patrimonioaportacionesrendimientos
Art.
7

Artículo 7. Funciones generales del INFONAVIT

Enumera las funciones generales que el Instituto deberá realizar para cumplir con su objeto, incluyendo la administración de recursos, otorgamiento de créditos y coordinación con entidades públicas y privadas.

funcionesadministraciónfinanciamiento
Art.
8

Artículo 8. Representación legal del Instituto

Establece que la representación legal del Instituto corresponde al Director General, quien podrá delegar dicha representación conforme a los acuerdos del Consejo de Administración.

representación legalDirector Generalpoderes
Art.
9

Artículo 9. Exenciones fiscales del Instituto

Establece que el INFONAVIT estará exento del pago de impuestos y derechos federales, estatales y municipales, así como de contribuciones de mejoras, en relación con los bienes y actos vinculados a su objeto.

exencionesimpuestosderechos
Art.
10

Artículo 10. Integración de la Asamblea General

Define la composición de la Asamblea General como órgano supremo del Instituto, integrada de manera tripartita por representantes del Gobierno Federal, de los trabajadores y de los patrones.

Asamblea Generalintegracióntripartita
Art.
11

Artículo 11. Facultades de la Asamblea General

Enumera las atribuciones de la Asamblea General, incluyendo la aprobación del presupuesto, la designación del Director General y la aprobación de las políticas generales del Instituto.

Asamblea Generalfacultadespresupuesto
Art.
12

Artículo 12. Integración del Consejo de Administración

Define la composición del Consejo de Administración del Instituto, integrado por 15 miembros designados de manera tripartita, y establece sus funciones como órgano de decisión.

Consejo de Administraciónintegracióncréditos
Art.
13

Artículo 13. Facultades del Consejo de Administración

Detalla las atribuciones del Consejo de Administración en materia de créditos, inversiones, administración del fondo y políticas operativas del Instituto.

Consejo de Administraciónfacultadescréditos
Art.
14

Artículo 14. Comisión de Vigilancia

Establece la integración y funciones de la Comisión de Vigilancia como órgano de control interno del Instituto, encargado de supervisar la gestión financiera y administrativa.

Comisión de Vigilanciacontrol internoauditoría
Art.
15

Artículo 15. Director General del Instituto

Establece las funciones y responsabilidades del Director General como titular ejecutivo del Instituto, incluyendo la representación legal, la conducción operativa y la ejecución de acuerdos.

Director Generalfuncionesrepresentación
Art.
16

Artículo 16. Requisitos para cargos directivos

Define los requisitos que deben cumplir las personas que ocupen cargos de dirección en el Instituto, incluyendo experiencia, nacionalidad y ausencia de conflictos de interés.

requisitoscargos directivosincompatibilidades
Art.
17

Artículo 17. Responsabilidades de los funcionarios

Establece las responsabilidades de los funcionarios del Instituto en el ejercicio de sus funciones, incluyendo la obligación de actuar con diligencia, lealtad y buena fe.

responsabilidadesfuncionariosdiligencia
Art.
18

Artículo 18. Estructura administrativa del Instituto

Faculta al Consejo de Administración para aprobar la estructura orgánica y administrativa del Instituto, incluyendo la creación de delegaciones regionales y oficinas de servicio.

estructuradelegacionesCESI
Art.
19

Artículo 19. Comisiones Consultivas Regionales

Crea las Comisiones Consultivas Regionales como órganos de consulta y participación en cada circunscripción territorial del Instituto, integradas de manera tripartita.

Comisiones Consultivasregionalesparticipación
Art.
20

Artículo 20. Funciones específicas de las Comisiones Consultivas

Detalla las funciones específicas de las Comisiones Consultivas Regionales en materia de supervisión de vivienda, atención de quejas y propuestas de mejora.

Comisiones Consultivassupervisióncalidad
Art.
21

Artículo 21. Remuneraciones de los integrantes de órganos de gobierno

Establece que los representantes del gobierno, trabajadores y patrones que integren los órganos del Instituto percibirán las remuneraciones que fije la Asamblea General.

remuneracionesórganos de gobiernoausteridad
Art.
22

Artículo 22. Actas de las sesiones de los órganos de gobierno

Obliga a levantar actas de las sesiones de los órganos de gobierno del Instituto, las cuales deberán ser firmadas por los participantes y conservarse en los archivos institucionales.

actassesionesacuerdos
Art.
23

Artículo 23. Régimen laboral del personal del Instituto

Establece que las relaciones laborales entre el Instituto y su personal se regirán por el apartado A del artículo 123 constitucional y la Ley Federal del Trabajo.

régimen laboralpersonalartículo 123
Art.
24

Artículo 24. Derechos sindicales del personal

Reconoce el derecho de los trabajadores del Instituto a organizarse sindicalmente y a celebrar contratos colectivos de trabajo conforme a la legislación laboral.

sindicatoderechos sindicalescontrato colectivo
Art.
25

Artículo 25. Prescripción de acciones laborales

Establece los plazos de prescripción de las acciones laborales que los trabajadores del Instituto pueden ejercer, así como las reglas para interrumpir la prescripción.

prescripciónacciones laboralesplazos
Art.
26

Artículo 26. Obligación patronal de aportar al INFONAVIT

Establece la obligación de los patrones de aportar al Fondo Nacional de la Vivienda el equivalente al 5% del salario integrado de cada trabajador.

aportaciones5%salario integrado
Art.
27

Artículo 27. Integración del salario base de aportación

Define los conceptos que integran y los que se excluyen del salario base para el cálculo de las aportaciones patronales al INFONAVIT.

salario integradobase de aportaciónexclusiones
Art.
28

Artículo 28. Descuentos a los trabajadores acreditados

Establece la obligación del patrón de retener del salario del trabajador los descuentos correspondientes al pago de su crédito INFONAVIT y enterarlos al Instituto.

descuentosretencióncrédito
Art.
29

Artículo 29. Aportaciones patronales del 5% al INFONAVIT

Establece la obligación de los patrones de aportar el cinco por ciento sobre el salario base de cotización de cada trabajador al Fondo Nacional de la Vivienda, aportaciones que se depositarán en la subcuenta de vivienda de la cuenta individual del trabajador.

aportaciones patronales5% INFONAVITsalario base de cotizaciónCalculadora vinculada
Art.
30

Artículo 30. Plazo de pago de las aportaciones

Establece que las aportaciones al INFONAVIT serán pagadas bimestralmente y se enterarán a más tardar el día diecisiete de los meses de enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre de cada año.

plazo de pagobimestralaportaciones INFONAVIT
Art.
31

Artículo 31. Aportaciones de entidades públicas

Establece que las dependencias y entidades de la administración pública que tengan trabajadores sujetos al apartado A del artículo 123 están obligadas a aportar al INFONAVIT.

entidades públicasadministración públicaaportaciones
Art.
32

Artículo 32. Recargos por pago extemporáneo de aportaciones

Establece los recargos y actualizaciones que se generan cuando los patrones no realizan el pago oportuno de las aportaciones y descuentos al INFONAVIT.

recargospago extemporáneoactualización
Art.
33

Artículo 33. Prescripción de créditos fiscales del Instituto

Establece el plazo de prescripción para que el Instituto ejerza sus facultades de cobro de aportaciones y descuentos omitidos, así como las causas de interrupción.

prescripcióncréditos fiscalescinco años
Art.
34

Artículo 34. Facultades de comprobación del Instituto

Otorga al Instituto facultades para verificar el cumplimiento de las obligaciones patronales mediante visitas domiciliarias, revisiones de gabinete y requerimientos de información.

facultades de comprobaciónvisitas domiciliariasgabinete
Art.
35

Artículo 35. Subcuenta de vivienda en la cuenta individual

Establece que las aportaciones patronales del 5% se depositarán en la subcuenta de vivienda de las cuentas individuales del Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR), administradas por las AFORE y el INFONAVIT.

subcuenta de viviendacuenta individualSARCalculadora vinculada
Art.
36

Artículo 36. Rendimientos de la subcuenta de vivienda

Dispone que los depósitos en la subcuenta de vivienda generarán un rendimiento equivalente al mínimo entre la tasa de rendimiento de los Certificados de la Tesorería de la Federación (CETES) y la tasa de incremento del salario mínimo, asegurando un rendimiento real positivo.

rendimientossubcuenta de viviendaahorro
Art.
37

Artículo 37. Transferencia de recursos de la subcuenta de vivienda

Regula la transferencia de recursos de la subcuenta de vivienda cuando el trabajador tiene derecho a una pensión, estableciendo que los fondos no utilizados para crédito de vivienda se entregarán a la AFORE o al trabajador según corresponda.

transferencia de recursossubcuenta de viviendapensión
Art.
38

Artículo 38. Información al trabajador sobre su subcuenta

Establece el derecho de los trabajadores a recibir información periódica sobre el estado de su subcuenta de vivienda, incluyendo aportaciones realizadas, rendimientos generados y saldo acumulado.

información al trabajadorsubcuenta de viviendaestado de cuenta
Art.
39

Artículo 39. Unificación de cuentas duplicadas

Regula el procedimiento para la unificación de cuentas cuando un trabajador tiene más de una cuenta individual, estableciendo que los recursos deberán concentrarse en una sola subcuenta de vivienda.

unificación de cuentascuentas duplicadasNSS
Art.
40

Artículo 40. Devolución del saldo de la subcuenta de vivienda

Establece los supuestos en que el trabajador o sus beneficiarios pueden solicitar la devolución de los recursos acumulados en la subcuenta de vivienda, incluyendo jubilación, invalidez total permanente y fallecimiento.

devoluciónsubcuenta de viviendapensión
Art.
41

Artículo 41. Devolución de aportaciones no utilizadas

Regula la devolución de los recursos acumulados en la subcuenta de vivienda a los trabajadores que no ejercieron un crédito del INFONAVIT al momento de su retiro.

devoluciónsubcuenta de viviendaretiro
Art.
42

Artículo 42. Destino de los recursos para créditos de vivienda

Establece que los recursos del Fondo Nacional de la Vivienda se destinarán al otorgamiento de créditos a los trabajadores que sean titulares de depósitos constituidos en su favor, para los fines de vivienda previstos en la ley.

créditos de viviendasistema de puntosCofinavit
Art.
43

Artículo 43. Condiciones generales de los créditos

Establece las condiciones generales que deben reunir los créditos otorgados por el INFONAVIT, incluyendo que deben ser baratos y suficientes, otorgarse en pesos y con tasas de interés que preserven el valor de los recursos del fondo.

condiciones de créditotasa de interéspesos
Art.
44

Artículo 44. Requisitos para el otorgamiento de crédito

Define los requisitos que deben cumplir los trabajadores para obtener un crédito de vivienda del INFONAVIT, incluyendo puntos mínimos de precalificación, estar en una relación laboral vigente y contar con aportaciones suficientes.

requisitos de créditoprecalificaciónpuntos INFONAVIT
Art.
45

Artículo 45. Tasas de interés de los créditos de vivienda

Establece los criterios para la determinación de las tasas de interés que el Instituto cobrará en sus créditos de vivienda, buscando que sean accesibles para los trabajadores.

tasas de interéscréditostasa fija
Art.
46

Artículo 46. Montos máximos de crédito

Faculta al Consejo de Administración para establecer los montos máximos de crédito que podrá otorgar el Instituto, considerando la capacidad de pago del trabajador y el valor de la vivienda.

montos máximoscréditocapacidad de pago
Art.
47

Artículo 47. Descuentos para amortización del crédito

Establece que los patrones están obligados a efectuar los descuentos del salario de los trabajadores para la amortización de los créditos INFONAVIT y enterarlos al Instituto, constituyendo una obligación patronal de retención y entero.

descuentosamortizacióncrédito INFONAVIT
Art.
48

Artículo 48. Prórroga en caso de desempleo

Establece que cuando un trabajador con crédito vigente deje de tener relación laboral, podrá obtener una prórroga para el pago de su crédito, continuando la obligación de pago pero en condiciones más favorables.

prórrogadesempleoprotección de pagos
Art.
49

Artículo 49. Pago anticipado y liberación de crédito

Establece el derecho del trabajador a realizar pagos anticipados parciales o totales de su crédito INFONAVIT sin penalización alguna, pudiendo liquidar anticipadamente su adeudo y liberar su vivienda.

pago anticipadoliquidación de créditoliberación de hipoteca
Art.
50

Artículo 50. Garantía hipotecaria de los créditos

Establece que los créditos del INFONAVIT se garantizarán con hipoteca sobre el inmueble adquirido, así como las reglas para la constitución y cancelación de la garantía.

hipotecagarantíaescritura
Art.
51

Artículo 51. Seguro de crédito a la vivienda

Establece la obligación de contratar seguros que protejan el crédito de vivienda contra riesgos de incapacidad, muerte y daños al inmueble.

segurosvidaincapacidad
Art.
52

Artículo 52. Obligaciones generales de los patrones

Enumera las obligaciones generales que tienen los patrones ante el INFONAVIT, incluyendo inscribirse e inscribir a sus trabajadores, efectuar aportaciones del 5%, realizar los descuentos para amortización de créditos y proporcionar información.

obligaciones patronalesinscripciónaportacionesCalculadora vinculada
Art.
53

Artículo 53. Plazo de inscripción de trabajadores

Establece que los patrones están obligados a inscribir a sus trabajadores ante el INFONAVIT dentro de los cinco días hábiles siguientes al inicio de la relación laboral, comunicando los datos necesarios.

inscripciónplazocinco días hábiles
Art.
54

Artículo 54. Determinación del salario base de cotización

Establece que para la determinación de las aportaciones al INFONAVIT, se aplicarán las mismas reglas de integración del salario base de cotización previstas en la Ley del Seguro Social.

salario base de cotizaciónSBCintegración salarialCalculadora vinculada
Art.
55

Artículo 55. Responsabilidad solidaria en subcontratación

Establece la responsabilidad solidaria del beneficiario de los servicios cuando se utilice intermediarios laborales o subcontratación, siendo responsable de las aportaciones al INFONAVIT.

responsabilidad solidariasubcontrataciónintermediación laboral
Art.
56

Artículo 56. Facultades de fiscalización del INFONAVIT

Establece las facultades de comprobación del INFONAVIT para verificar el cumplimiento de las obligaciones patronales, incluyendo la práctica de visitas domiciliarias, revisiones de gabinete y determinación de créditos fiscales.

fiscalizaciónvisitas domiciliariasrevisión de gabinete
Art.
57

Artículo 57. Fiscalización de las aportaciones patronales

Detalla los procedimientos de fiscalización que el Instituto puede realizar para verificar el correcto cumplimiento de las obligaciones patronales en materia de aportaciones y descuentos.

fiscalizaciónaportacionesverificación
Art.
58

Artículo 58. Infracciones y sanciones a patrones

Enumera las infracciones que pueden cometer los patrones en relación con sus obligaciones ante el INFONAVIT y establece las multas correspondientes.

infraccionesmultaspatrones
Art.
59

Artículo 59. Sanciones por incumplimiento de obligaciones patronales

Establece las sanciones aplicables a los patrones que incumplan sus obligaciones ante el INFONAVIT, incluyendo multas, recargos, actualización y la aplicación del procedimiento administrativo de ejecución.

sancionesmultasprocedimiento administrativo de ejecución
Art.
60

Artículo 60. Destinos del crédito de vivienda

Enumera los destinos permitidos para los créditos que otorga el INFONAVIT, incluyendo adquisición, construcción, mejoramiento y pago de hipotecas.

destinoscréditoadquisición
Art.
61

Artículo 61. Requisitos para obtener crédito INFONAVIT

Establece los requisitos que deben cumplir los trabajadores para acceder a un crédito de vivienda del Instituto, incluyendo puntos, relación laboral vigente y capacidad de pago.

requisitoscréditopuntos
Art.
62

Artículo 62. Libre selección de vivienda

Garantiza el derecho del trabajador a elegir libremente la vivienda que desea adquirir con su crédito INFONAVIT, sin estar limitado a desarrollos específicos.

selección de viviendalibre elecciónhabitabilidad
Art.
63

Artículo 63. Condiciones generales del crédito de vivienda

Establece las condiciones generales bajo las cuales el Instituto otorgará los créditos de vivienda, incluyendo plazo, tasa de interés, esquema de pago y seguros.

condicionesplazotasa
Art.
64

Artículo 64. Consecuencias del incumplimiento del acreditado

Regula las consecuencias del incumplimiento en el pago del crédito de vivienda por parte del trabajador acreditado, incluyendo los procedimientos de cobranza y reestructura.

incumplimientocobranzareestructuración
Art.
65

Artículo 65. Vivienda sustentable y ecotecnologías

Promueve la incorporación de ecotecnologías y criterios de sustentabilidad en las viviendas financiadas por el Instituto, incluyendo incentivos para viviendas verdes.

sustentabilidadecotecnologíasHipoteca Verde
Art.
66

Artículo 66. Estándares de calidad de la vivienda

Establece los estándares mínimos de calidad que deben cumplir las viviendas financiadas por el INFONAVIT, incluyendo requisitos de habitabilidad, seguridad estructural y servicios básicos.

calidadestándareshabitabilidad
Art.
67

Artículo 67. Reservas territoriales y desarrollo urbano

Faculta al Instituto para participar en la constitución de reservas territoriales y en la planeación del desarrollo urbano, en coordinación con las autoridades competentes.

reservas territorialesdesarrollo urbanouso de suelo
Art.
68

Artículo 68. Programas de vivienda en arrendamiento

Faculta al Instituto para implementar programas de vivienda en arrendamiento como alternativa al crédito de adquisición, ampliando las opciones habitacionales para los trabajadores.

arrendamientorentaalternativa
Art.
69

Artículo 69. Portabilidad y movilidad de créditos

Regula la portabilidad de los créditos de vivienda del INFONAVIT, permitiendo a los trabajadores cambiar de vivienda y transferir su crédito bajo ciertas condiciones.

portabilidadmovilidadcambio de vivienda
Art.
70

Artículo 70. Recurso de inconformidad

Establece el recurso de inconformidad como medio de defensa ante el INFONAVIT, permitiendo a los patrones y trabajadores impugnar las resoluciones del Instituto con las que no estén de acuerdo.

recurso de inconformidadmedio de defensaimpugnación
Art.
71

Artículo 71. Prescripción de las acciones del Instituto

Establece los plazos de prescripción de las facultades del INFONAVIT para determinar aportaciones omitidas y cobrar créditos fiscales, fijando un término general de cinco años.

prescripcióncinco añosdiez años
Art.
72

Artículo 72. Recurso de inconformidad ante el INFONAVIT

Establece el recurso de inconformidad como medio de defensa de los patrones y trabajadores ante las resoluciones del Instituto, regulando sus plazos, requisitos y efectos.

recursoinconformidaddefensa
Art.
73

Artículo 73. Medios de defensa constitucionales

Reconoce el derecho de patrones y trabajadores a promover juicio de amparo contra los actos del Instituto que consideren violatorios de sus derechos fundamentales.

amparodefensa constitucionalgarantías

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