LIR-PE

Artículo 96. Artículo derogado

Este artículo ha sido derogado y no tiene efectos legales. No es necesario considerarlo en las obligaciones fiscales actuales.

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Texto Legal

Artículo derogado por la Décimo Quinta Disposición Transitoria y Final del Decreto Legislativo N.° 945, publicado el 23 de diciembre de 2003.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La derogación elimina cualquier obligación o riesgo asociado a este artículo, facilitando la gestión tributaria.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 96 del LIR-PE?

Este artículo ha sido derogado y no tiene efectos legales. No es necesario considerarlo en las obligaciones fiscales actuales.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 96 de la LIR-PE?

La derogación elimina cualquier obligación o riesgo asociado a este artículo, facilitando la gestión tributaria.

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