Las Sociedades Administradoras de Fondos Mutuos deben retener el 30% sobre las rentas de tercera categoria. Esta retencion es clave para el cumplimiento fiscal.
Las Sociedades Administradoras de los Fondos Mutuos de Inversión en Valores y de los Fondos de Inversión así como las Sociedades Titulizadoras de Patrimonios Fideicometidos y los Fiduciarios de Fideicomisos Bancarios, retendrán el Impuesto por las rentas que correspondan al ejercicio y que constituyan rentas de tercera categoría para los contribuyentes, aplicando la tasa de treinta por ciento (30%) sobre la renta neta devengada en dicho ejercicio. Párrafo sustituido por el
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El incumplimiento en la retencion puede generar problemas de liquidez y sanciones fiscales para las administradoras.
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