El articulo establece presunciones cuando hay diferencias entre incrementos patrimoniales y rentas declaradas. Esto puede llevar a auditorias si no se justifica adecuadamente.
el Código Tributario. Tratándose de la presunción prevista en el inciso 1), también será de aplicación cuando la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT compruebe diferencias entre los incrementos patrimoniales y las rentas totales declaradas o ingresos percibidos.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Si no puedes justificar las diferencias en tus declaraciones, podrías ser objeto de una auditoria, lo que puede resultar en sanciones severas.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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