Los contribuyentes deben valuar sus existencias por costo de adquisición o producción, aplicando métodos uniformes. Esto incluye PEPS, promedio y otros métodos de inventario.
Los contribuyentes, empresas o sociedades que, en razón de la actividad que desarrollen, deban practicar inventario, valuarán sus existencias por su costo de adquisición o producción adoptando cualquiera de los siguientes métodos, siempre que se apliquen uniformemente de ejercicio en ejercicio: a) Primeras entradas, primeras salidas (PEPS). b) Promedio diario, mensual o anual (PONDERADO O MOVIL). c) Identificación específica. d) Inventario al detalle o por menor. e) Existencias básicas. El reglamento podrá establecer, para los contribuyentes, empresas o sociedades, en función a sus ingresos anuales o por la naturaleza de sus actividades, obligaciones especiales relativas a la forma en que deben llevar sus inventarios y contabilizar sus costos. LEY DEL IMPUESTO A LA RENTA Capítulo IX
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La correcta valuación de inventarios impacta directamente en la determinación de la renta neta. Un error en la aplicación de métodos puede llevar a un cálculo incorrecto de impuestos.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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