Este articulo establece la obligación de presentar inventarios físicos y registros contables en formatos específicos. Se requiere que el promedio de los ratios de costo de ventas y ventas netas sea mayor o igual al 95%.
el Reglamento, según corresponda. En caso de no estar obligado a llevar dichos registros, deberá presentar los inventarios físicos. Esta información deberá ser presentada en formato DBF, Excel u otro que se establezca mediante resolución de Superintendencia, la cual podrá establecer las condiciones de su presentación. b. El promedio de los ratios de los últimos cuatro ejercicios vencidos, de corresponder, obtenidos de dividir el costo de ventas entre las ventas netas de cada ejercicio, debe ser mayor o igual a los 95%. Este requisito no será exigible a las sucursales, agencias o cualquier otro establecimiento permanente en el país de empresas unipersonales, sociedades y entidades de cualquier naturaleza constituidas en el exterior que desarrollen las actividades y determinen sus rentas de acuerdo con lo establecido en el
Interpretación práctica por el equipo de SDV
No cumplir con la presentación de registros puede resultar en sanciones y complicaciones en la determinación de impuestos, afectando la liquidez y la reputación de la empresa.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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