Los bienes retirados por propietarios de empresas para uso personal se consideran transferidos a su valor de mercado, afectando la base imponible.
Las mercaderías u otros bienes que el propietario o propietarios de empresas retiren para su uso personal o de su familia o con destino a actividades que no generan resultados alcanzados por el Impuesto, se considerarán transferidos a su valor de mercado. Igual tratamiento se dispensará a las operaciones que las sociedades realicen por cuenta de sus socios o a favor de los mismos. El segundo párrafo fue derogado por el
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es importante registrar adecuadamente estos retiros para evitar ajustes en la base imponible. No hacerlo puede resultar en sanciones fiscales.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo