Este articulo establece que se presume que todo prestamo en dinero devenga un interes minimo basado en la tasa activa de mercado. Esta presuncion aplica incluso si no se fijan intereses o se estipula un interes menor.
Para los efectos del impuesto se presume, salvo prueba en contrario constituida por los libros de contabilidad del deudor, que todo préstamo en dinero, cualquiera que sea su denominación, naturaleza o forma o razón, devenga un interés no inferior a la tasa activa de mercado promedio mensual en moneda nacional (TAMN) que publique la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones multiplicada por un factor de ajuste. Regirá dicha presunción aun cuando no se hubiera fijado el tipo de interés, se hubiera estipulado que el préstamo no devengará intereses, o se hubiera convenido en el pago de un interés menor. Tratándose de préstamos en moneda extranjera se presume que devengan un interés no inferior a la tasa activa de mercado promedio mensual en moneda extranjera (TAMEX) que publique la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones multiplicada por un factor de ajuste. El Ministerio de Economía y Finanzas mediante decreto supremo puede actualizar los referidos factores de ajuste. (De acuerdo con la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N.º 1545, publicado el 15.3.2023, el cual está vigente a partir del 1.1.2024, para efectos de lo establecido en el primer párrafo del presente artículo, para los préstamos en moneda nacional el factor de ajuste es 0,42, y tratándose de préstamos en moneda extranjera, el factor de ajuste es 0,65. Mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas se pueden modificar los factores de ajuste señalados, los cuales serán LEY DEL IMPUESTO A LA RENTA Capítulo V mayores a 0 (cero) y menores o iguales a 1 (uno). Para actualizar dichos factores de ajuste se deben considerar las tasas de interés activas existentes en el mercado financiero nacional y/o las relaciones históricas entre estas, de ser el caso). Primer párrafo modificado por el
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Si no se cumplen estas presunciones, puedes enfrentar ajustes fiscales significativos y posibles multas. Es esencial documentar adecuadamente los prestamos para evitar problemas con la autoridad fiscal.
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