Establece que las personas jurídicas son sujetas al Impuesto a la Renta hasta su extinción.
Las personas jurídicas seguirán siendo sujetos del Impuesto hasta el momento en que se extingan.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es fundamental entender que las obligaciones fiscales persisten hasta la extinción de la entidad. No cumplir con las obligaciones puede resultar en multas o recargos.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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