Este artículo regula los resultados de la contratación de instrumentos financieros derivados y su consideración como rentas de fuente peruana. Es clave para empresas que operan en mercados financieros.
ncorporado por la primera disposición complementaria modificatoria de la Ley N.° 30532, publicada el 31.12.2016 y vigente desde el 1.1.2017. (Ver segunda disposición complementaria final del Decreto Supremo N.° 033-2017-EF, publicada el 28.2.2017, mediante la cual dispone que lo establecido en el inciso g) del
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Si su empresa utiliza derivados, debe evaluar cómo estos ingresos impactan su declaración de impuestos y considerar los riesgos asociados.
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