En la sociedad anónima, solo se pueden aportar bienes o derechos que tengan un valor económico. Esto asegura que los aportes sean relevantes y medibles en términos financieros.
Objeto del aporte En la sociedad anónima sólo pueden ser objeto de aporte los bienes o derechos susceptibles de valoración económica.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Si no se cumplen estas condiciones, los aportes pueden ser cuestionados, lo que podría generar conflictos entre accionistas y afectar la estabilidad financiera de la sociedad.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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