Las relaciones internas entre socios y con terceros se rigen por el pacto social y la ley. Este articulo valida los contratos celebrados por la sociedad, incluso en estado irregular.
Relaciones entre los socios y con terceros En las sociedades irregulares las relaciones internas entre los socios y entre éstos y la sociedad se rigen por lo establecido en el pacto del que se hubieran derivado y, supletoriamente, por las disposiciones de esta ley. El pacto social, el estatuto, los convenios entre socios y sus modificaciones, así como las consecuencias que de ellos se deriven, son válidos entre los socios. Ellos no perjudican a terceros quienes pueden utilizarlos en todo lo que los favorezca, sin que les pueda ser opuesto el acuerdo o contrato o sus modificaciones que tienda a limitar o excluir la responsabilidad establecida en los artículos anteriores de esta Sección. Son válidos los contratos que la sociedad celebre con terceros.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es importante que los acuerdos internos sean claros y estén documentados, ya que pueden ser utilizados en caso de disputas. La validez de los contratos con terceros puede proteger tus intereses comerciales.
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