Detalla las causas por las cuales finalizan las funciones de los liquidadores, incluyendo remoción y renuncia.
Término de las funciones de los liquidadores La función de los liquidadores termina: 1. Por haberse realizado la liquidación; 2. Por remoción acordada por la junta general o por renuncia. Para que la remoción o la renuncia surta efectos, conjuntamente con ella debe designarse nuevos liquidadores; y, 3. Por resolución judicial emitida a solicitud de socios que, mediando justa causa, representen por lo menos la quinta parte del capital social. La solicitud se sustanciará conforme al trámite del proceso sumarísimo. La responsabilidad de los liquidadores caduca a los dos años desde la terminación del cargo o desde el día en que se inscribe la extinción de la sociedad en el Registro.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es importante que los liquidadores conozcan sus derechos y obligaciones, ya que su responsabilidad persiste incluso después de finalizar sus funciones.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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