Si no se nombra un representante legal permanente en 90 días, el Registro puede cancelar la inscripción de la sucursal, aunque la responsabilidad de la sociedad principal persiste.
Falta de nombramiento del representante permanente Si transcurren noventa días de vacancia del cargo sin que la sociedad principal haya acreditado representante legal permanente, el Registro, a petición de parte con legítimo interés económico, cancela la inscripción de la sucursal. La cancelación de la inscripción de la sucursal no afecta a la responsabilidad de la sociedad principal por las obligaciones de aquella, inclusive por los daños y perjuicios que haya ocasionado la falta de nombramiento de representante legal permanente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este riesgo puede resultar en la cancelación de la sucursal, afectando la operatividad y la reputación de la empresa si no se actúa a tiempo.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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