LGS

Artículo 366. Efectos de la declaracion de nulidad

La nulidad de una fusión no afecta las obligaciones nacidas después de su vigencia, y todas las sociedades involucradas son responsables solidariamente. Esto protege a los acreedores en caso de nulidad.

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Texto Legal

Efectos de la declaración de nulidad La declaración de nulidad no afecta la validez de las obligaciones nacidas después de la fecha de entrada en vigencia de la fusión. Todas las sociedades que participaron en la fusión son solidariamente responsables de tales obligaciones frente a los acreedores. TÍTULO III ESCISIÓN

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las sociedades deben estar conscientes de que, incluso si una fusión es declarada nula, seguirán siendo responsables de las obligaciones adquiridas después de la fusión. Esto implica un riesgo financiero que debe ser gestionado adecuadamente.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 366 del LGS?

La nulidad de una fusión no afecta las obligaciones nacidas después de su vigencia, y todas las sociedades involucradas son responsables solidariamente. Esto protege a los acreedores en caso de nulidad.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 366 de la LGS?

Las sociedades deben estar conscientes de que, incluso si una fusión es declarada nula, seguirán siendo responsables de las obligaciones adquiridas después de la fusión. Esto implica un riesgo financiero que debe ser gestionado adecuadamente.

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