LGS

Artículo 320. Asamblea de obligacionistas

Cuando se suscriba el cincuenta por ciento de la emission, se convoca a asamblea de obligacionistas para aprobar la gestion del Representante de los Obligacionistas.

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Texto Legal

Asamblea de obligacionistas Tan pronto como quede suscrito el cincuenta por ciento de la emisión se convoca a asamblea de obligacionistas, la que debe aprobar o desaprobar la gestión del Representante de los Obligacionistas y confirmarlo en el cargo o designar a quien habrá de sustituirle.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La asamblea es el espacio donde se toman decisiones clave para los obligacionistas. No asistir a estas reuniones puede resultar en decisiones que afecten sus derechos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 320 del LGS?

Cuando se suscriba el cincuenta por ciento de la emission, se convoca a asamblea de obligacionistas para aprobar la gestion del Representante de los Obligacionistas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 320 de la LGS?

La asamblea es el espacio donde se toman decisiones clave para los obligacionistas. No asistir a estas reuniones puede resultar en decisiones que afecten sus derechos.

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