El importe total de las obligaciones no puede exceder el patrimonio neto de la sociedad, salvo excepciones específicas. Esto protege a los acreedores y la viabilidad financiera de la empresa.
Importe El importe total de las obligaciones, a la fecha de emisión, no podrá ser superior al patrimonio neto de la sociedad, con las siguientes excepciones: 1. Que se haya otorgado garantía específica; o, 2. Que la operación se realice para solventar el precio de bienes cuya adquisición o construcción hubiese contratado de antemano la sociedad; o, 3. En los casos especiales que la ley lo permita.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Respetar este límite es vital para evitar riesgos financieros y garantizar que la sociedad no se comprometa más allá de su capacidad de pago.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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