El pacto social puede establecer causales de exclusión de accionistas, requiriendo acuerdo de la junta general. Esto permite mantener la cohesión en la sociedad.
Exclusión de accionistas El pacto social o el estatuto de la sociedad anónima cerrada puede establecer causales de exclusión de accionistas. Para la exclusión es necesario el acuerdo de la junta general adoptado con el quórum y la mayoría que establezca el estatuto. A falta de norma estatutaria rige lo dispuesto en los artículos 126 y 127 de esta ley. El acuerdo de exclusión es susceptible de impugnación conforme a las normas que rigen para la impugnación de acuerdos de juntas generales de accionistas. TÍTULO II SOCIEDAD ANÓNIMA ABIERTA
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Establecer causales claras de exclusión puede ayudar a evitar conflictos internos, pero también puede ser utilizado de manera abusiva si no se regula adecuadamente.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo