LGS

Artículo 152. Administracion de la sociedad

La administracion de la sociedad corresponde al directorio y gerentes, salvo disposiciones contrarias. Este articulo establece la estructura de liderazgo dentro de la empresa.

administraciondirectoriogerentes

Texto Legal

A.- Cargo de director La persona que sea elegida como director de la sociedad acepta el cargo de director de manera expresa por escrito y legaliza su firma ante notario público o ante juez, de ser el caso. Este documento es anexado a la constitución de la sociedad, o en cuanto acto jurídico se requiera, para su inscripción en la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos. Esta disposición rige para directores titulares, alternos, suplentes y reemplazantes según el caso, establecidos en los artículos 156 y 157, respectivamente. Artículo incorporado por el artículo único de la Ley 30354 , publicada el 4 de noviembre de 2015 (link: lpd.pe/0YWrW ) . CAPÍTULO II DIRECTORIO

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Entender quien tiene la responsabilidad de la administracion es crucial para la toma de decisiones y la rendicion de cuentas dentro de la sociedad.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 152 del LGS?

La administracion de la sociedad corresponde al directorio y gerentes, salvo disposiciones contrarias. Este articulo establece la estructura de liderazgo dentro de la empresa.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 152 de la LGS?

Entender quien tiene la responsabilidad de la administracion es crucial para la toma de decisiones y la rendicion de cuentas dentro de la sociedad.

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