Los actos relacionados con la propiedad de bienes inmuebles contaminados están sujetos a las declaratorias de remediación. Los notarios deben constatar esta circunstancia en sus documentos.
Todos los actos y convenios relativos a la propiedad, posesión o cualquier otro derecho relacionado con los bienes inmuebles que fueren materia de las declaratorias de remediación, quedarán sujetos a la aplicación de las modalidades previstas en las propias declaratorias.
Los notarios y cualesquiera otros fedatarios públicos harán constar tal circunstancia al autorizar las escrituras públicas, actos, convenios o contratos en los que intervengan. Será nulo todo acto, convenio o contrato que contravenga lo establecido en la mencionada declaratoria.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es importante que los notarios y fedatarios estén informados sobre las declaratorias de remediación para evitar la nulidad de actos. La asesoría legal es recomendable en estos casos.
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