El co-procesamiento y la incineración de residuos están sujetos a regulaciones específicas que garantizan la eficiencia y el cumplimiento ambiental. Las plantas deben asumir los costos de monitoreo y caracterización de residuos.
El co-procesamiento y la incineración de residuos, se restringirán a las condiciones que se establezcan en el Reglamento y en las normas oficiales mexicanas correspondientes, en las cuales se estipularán los grados de eficiencia y eficacia que deberán alcanzar los procesos, y los parámetros ambientales que deberán cumplirse a fin de verificar la prevención o reducción de la liberación al ambiente de sustancias contaminantes, particularmente de aquellas que son tóxicas. En los citados ordenamientos se incluirán especificaciones respecto a la caracterización analítica de los residuos susceptibles de co-procesamiento, así como de incineración y de las cenizas resultantes de la misma, y al monitoreo periódico de todas las emisiones sujetas a normas oficiales mexicanas, cuyos costos asumirán los responsables de las plantas de co-procesamiento o de incineración. Párrafo reformado DOF 18-01-2021
La Secretaría, al establecer la normatividad correspondiente, tomará en consideración los criterios de salud que al respecto establezca la Secretaría de Salud.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Las empresas deben asegurarse de que sus procesos de co-procesamiento cumplan con las especificaciones de la Secretaría para evitar sanciones. La caracterización adecuada de los residuos es fundamental para el éxito del proceso.
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