LGPGIR

Artículo 114. Sanciones en entidades federativas

Las autoridades de las entidades federativas y municipios deben establecer sanciones administrativas que desalienten violaciones a la Ley. Esto promueve un cumplimiento más riguroso a nivel local.

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Texto Legal

Las autoridades competentes de las entidades federativas y los municipios, procurarán establecer sanciones administrativas que contribuyan a inhibir que las personas físicas o morales violen las disposiciones de esta Ley.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Las empresas deben estar atentas a las regulaciones locales, ya que pueden variar y tener implicaciones en su operación.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 114 del LGPGIR?

Las autoridades de las entidades federativas y municipios deben establecer sanciones administrativas que desalienten violaciones a la Ley. Esto promueve un cumplimiento más riguroso a nivel local.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 114 de la LEY para la Prevención y Gestión Integral de lo...?

[IA] Las empresas deben estar atentas a las regulaciones locales, ya que pueden variar y tener implicaciones en su operación.

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