LGCT

Artículo 51. Clausura por infracciones

Este articulo menciona que la clausura temporal o definitiva puede ser aplicada según la gravedad de la infracción. Se refiere a las normas de la Ley General de Salud para su aplicación.

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Texto Legal

Procederá la clausura temporal o definitiva, parcial o total según la gravedad de la infracción y las características de la actividad o establecimiento de acuerdo con lo señalado en el artículo 425 y 426 de la Ley General de Salud, ordenamiento de aplicación supletoria a esta Ley.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Las empresas deben estar preparadas para las posibles clausuras y tener un plan de contingencia. La asesoría legal es fundamental para manejar estas situaciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 51 del LGCT?

Este articulo menciona que la clausura temporal o definitiva puede ser aplicada según la gravedad de la infracción. Se refiere a las normas de la Ley General de Salud para su aplicación.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 51 de la LEY para el Control del Tabaco?

[IA] Las empresas deben estar preparadas para las posibles clausuras y tener un plan de contingencia. La asesoría legal es fundamental para manejar estas situaciones.

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