LGT

Artículo 31. Zonas de Desarrollo Turístico

Las Zonas de Desarrollo Turístico Sustentable pueden ser declaradas por el Ejecutivo y otros niveles de gobierno para impulsar la actividad turística. Se requiere un reglamento que establezca los requisitos y procedimientos para su declaratoria.

zonas turísticasdesarrollo sustentableinversión turística

Texto Legal

Las Zonas de Desarrollo Turístico Sustentable podrán ser declaradas como tales por su desarrollo actual o potencial.

El Ejecutivo Federal, los Estados, los Municipios y la Ciudad de México, en el ámbito de sus respectivas competencias, podrán intervenir para impulsar la actividad turística en la Zona, fomentando la inversión, el empleo y el ordenamiento territorial, conservando sus recursos naturales en beneficio de la población. Párrafo reformado DOF 22-12-2017

Los Estados, Municipios y la Ciudad de México, podrán presentar ante la Secretaría, proyectos de declaratoria de Zonas de Desarrollo Turístico Sustentable. Párrafo reformado DOF 22-12-2017

Los requisitos y el procedimiento para la emisión de la Declaratoria de Zona de Desarrollo Turístico Sustentable, así como la clasificación de las mismas, deberán establecerse en el reglamento respectivo.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Este artículo es fundamental para la creación de zonas que fomenten el turismo sustentable. Los contadores y abogados deben estar atentos a los requisitos reglamentarios para asesorar adecuadamente a sus clientes en proyectos turísticos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 31 del LGT?

Las Zonas de Desarrollo Turístico Sustentable pueden ser declaradas por el Ejecutivo y otros niveles de gobierno para impulsar la actividad turística. Se requiere un reglamento que establezca los requisitos y procedimientos para su declaratoria.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 31 de la LEY de Turismo?

[IA] Este artículo es fundamental para la creación de zonas que fomenten el turismo sustentable. Los contadores y abogados deben estar atentos a los requisitos reglamentarios para asesorar adecuadamente a sus clientes en proyectos turísticos.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 31 del LGT?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 31 LGT desde tu celular