LGT

Artículo 10. Atribuciones de los Municipios

Los Municipios tienen atribuciones específicas en materia turística, como la formulación de políticas y la promoción de la actividad turística en su ámbito. Esto es fundamental para el desarrollo local.

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Texto Legal

Corresponde a los Municipios, de conformidad con lo dispuesto en esta Ley y las leyes locales en la materia, las siguientes atribuciones:

I. Formular, conducir y evaluar la política turística municipal;

II. Celebrar convenios en materia turística conforme a lo previsto en la presente Ley;

III. Aplicar los instrumentos de política turística que les sean atribuidos por las leyes locales, así como la planeación, programación, fomento y desarrollo de la actividad turística en bienes y áreas de competencia municipal, en las materias que no estén expresamente atribuidas al Ejecutivo Federal, Estados o a la Ciudad de México; Fracción reformada DOF 22-12-2017

IV. Formular, ejecutar y evaluar el Programa Municipal de Turismo, el cual considerará las directrices previstas en el Plan Nacional de Desarrollo, el Programa Sectorial de Turismo y el Programa Local;

V. Establecer el Consejo Consultivo Municipal de Turismo; que tendrá por objeto coordinar, proponer y formular las estrategias y acciones de la Administración Pública Municipal, con el fin de lograr un desarrollo integral de la actividad turística en el Municipio. Será presidido por el titular del Ayuntamiento, y estará integrado por los funcionarios que éste determine, conforme a lo que establezcan las disposiciones reglamentarias. Podrán ser invitadas las instituciones y entidades públicas, privadas y sociales, que se determinen, y demás personas relacionadas con el turismo en el Municipio, las cuales participarán únicamente con derecho a voz;

VI. Concertar con los sectores privado y social, las acciones tendientes a detonar programas a favor de la actividad turística;

VII. Participar en los programas locales de ordenamiento turístico del territorio;

VIII. Participar en el diseño, instrumentación, ejecución y evaluación de los programas locales de investigación para el desarrollo turístico;

IX. Formular y conducir la política municipal de información y difusión en materia turística;

X. Coadyuvar en la instrumentación de las acciones de promoción de las actividades y destinos turísticos con que cuenta;

XI. Promover el impulso de las micro, pequeñas y medianas empresas turísticas;

XII. Participar en los programas de prevención y atención de emergencias y desastres, así como en acciones para la gestión integral de los riesgos, conforme a las políticas y programas de protección civil que al efecto se establezcan; LEY GENERAL DE TURISMO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

XIII. Operar módulos de información y orientación al turista;

XIV. Recibir y canalizar las quejas de los turistas, para su atención ante la autoridad competente;

XV. Atender los demás asuntos que en materia de planeación, programación, fomento y desarrollo de la actividad turística les conceda esta Ley u otros ordenamientos legales en concordancia con ella y que no estén otorgados expresamente al Ejecutivo Federal, Estados o la Ciudad de México; Fracción reformada DOF 22-12-2017

XVI. Emitir opinión ante la Secretaría, en aquellos casos en que la inversión concurra en proyectos de desarrollo turístico o en el establecimiento de servicios turísticos, dentro de su territorio, y

XVII. Las demás previstas en éste y otros ordenamientos.

CAPÍTULO V De la Comisión Ejecutiva de Turismo

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Las atribuciones municipales son clave para la implementación de políticas turísticas. Los contadores deben asesorar a sus clientes sobre cómo cumplir con las regulaciones locales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 10 del LGT?

Los Municipios tienen atribuciones específicas en materia turística, como la formulación de políticas y la promoción de la actividad turística en su ámbito. Esto es fundamental para el desarrollo local.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 10 de la LEY de Turismo?

[IA] Las atribuciones municipales son clave para la implementación de políticas turísticas. Los contadores deben asesorar a sus clientes sobre cómo cumplir con las regulaciones locales.

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