LFPSDMH

Artículo 19. Coacción en actividades hidrocarburíferas

Se establecen penas para quienes utilicen coerción o violencia para obligar a otros a realizar actividades relacionadas con hidrocarburos. Este artículo busca proteger la integridad de los trabajadores en el sector.

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Texto Legal

Se sancionará de 10 a 14 años de prisión y multa de 10,000 a 14,000 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización vigente, a quien obligue o intimide mediante coerción, amenaza o cualquier tipo de violencia, a quien preste sus servicios o realice cualquier actividad para asignatarios, contratistas, permisionarios, distribuidores u órganos reguladores, con el propósito de llevar a cabo cualquier conducta tipificada en esta Ley. Artículo reformado DOF 18-05-2018

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Las empresas deben implementar políticas de protección y denuncia para sus empleados, asegurando un ambiente laboral seguro y libre de coerción. Esto no solo es ético, sino también legalmente necesario.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 19 del LFPSDMH?

Se establecen penas para quienes utilicen coerción o violencia para obligar a otros a realizar actividades relacionadas con hidrocarburos. Este artículo busca proteger la integridad de los trabajadores en el sector.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 19 de la LEY para Prevenir y Sancionar los Delitos Comet...?

[IA] Las empresas deben implementar políticas de protección y denuncia para sus empleados, asegurando un ambiente laboral seguro y libre de coerción. Esto no solo es ético, sino también legalmente necesario.

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