LFPPIPP_200521

Artículo 9. Grupo Multidisciplinario

El Centro debe contar con un grupo multidisciplinario que incluya abogados, médicos y psicólogos para abordar las necesidades de las personas protegidas. Esta diversidad es clave para una protección integral.

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Texto Legal

El Centro deberá contar con un grupo multidisciplinario de servidores públicos, integrado por abogados, médicos, psicólogos, trabajadores sociales y demás profesionistas que sean necesarios, así como con elementos de la Policía Federal Ministerial adscritos a la Unidad.

SECCIÓN II DE LA UNIDAD

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La colaboración entre diferentes profesionales es esencial para abordar los diversos aspectos de la protección. Los abogados deben trabajar en conjunto con otros especialistas para ofrecer un apoyo completo a sus clientes.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 9 del LFPPIPP_200521?

El Centro debe contar con un grupo multidisciplinario que incluya abogados, médicos y psicólogos para abordar las necesidades de las personas protegidas. Esta diversidad es clave para una protección integral.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 9 de la LEY para la Protección a Personas que Intervien...?

[IA] La colaboración entre diferentes profesionales es esencial para abordar los diversos aspectos de la protección. Los abogados deben trabajar en conjunto con otros especialistas para ofrecer un apoyo completo a sus clientes.

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