LFFMAA

Artículo 1. Objeto de la Ley

Esta Ley busca fomentar el desarrollo de la microindustria y la actividad artesanal en México mediante apoyos fiscales y simplificación de trámites. Se aplica en toda la República y promueve la coordinación entre autoridades federales y locales.

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Texto Legal

La presente Ley es de orden público y de interés social, sus disposiciones se aplican en toda la República y tienen por objeto fomentar el desarrollo de la microindustria y de la actividad artesanal, mediante el otorgamiento de apoyos fiscales, financieros, de mercado y de asistencia técnica, así como a través de facilitar la constitución y funcionamiento de las personas morales correspondientes, simplificar trámites administrativos ante autoridades federales y promover la coordinación con autoridades locales o municipales para este último objeto. Artículo reformado DOF 22-07-1991

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es fundamental que los empresarios conozcan los apoyos disponibles para maximizar sus beneficios. La simplificación de trámites puede ser una ventaja competitiva importante.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1 del LFFMAA?

Esta Ley busca fomentar el desarrollo de la microindustria y la actividad artesanal en México mediante apoyos fiscales y simplificación de trámites. Se aplica en toda la República y promueve la coordinación entre autoridades federales y locales.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1 de la LEY para el Fomento de la Microindustria y la A...?

[IA] Es fundamental que los empresarios conozcan los apoyos disponibles para maximizar sus beneficios. La simplificación de trámites puede ser una ventaja competitiva importante.

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