LFCPQ

Artículo 15. Importación y exportación

La importación y exportación de sustancias químicas se regirá por la normativa aplicable. Las empresas deben informar sobre las autorizaciones obtenidas para estas actividades.

importaciónexportaciónnormativa

Texto Legal

La importación o exportación de precursores químicos o productos químicos esenciales se realizará conforme a la normativa aplicable. La persona física o moral que realice la actividad regulada deberá informar en el Sistema Integral de Sustancias, de la autorización, licencia sanitaria o permiso obtenido, en su caso. Artículo reformado DOF 03-05-2023

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Las empresas deben estar al tanto de la normativa vigente para la importación y exportación. Esto incluye conocer los requisitos específicos para evitar sanciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 15 del LFCPQ?

La importación y exportación de sustancias químicas se regirá por la normativa aplicable. Las empresas deben informar sobre las autorizaciones obtenidas para estas actividades.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 15 de la LEY para el Control de Precursores Químicos, Pr...?

[IA] Las empresas deben estar al tanto de la normativa vigente para la importación y exportación. Esto incluye conocer los requisitos específicos para evitar sanciones.

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