Se deben realizar consultas previas a pueblos y comunidades indígenas para salvaguardar sus derechos en las Zonas. Esto incluye fomentar programas de vinculación con empresas locales.
Con la finalidad de tomar en cuenta los intereses y derechos de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas en las Zonas y su Área de Influencia, el Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, la Secretaría de Gobernación y la Secretaría, en forma coordinada, realizarán los procedimientos de consulta previa, libre e informada necesarios y cualquier otra actividad necesaria para su salvaguarda, con la participación que corresponda a las entidades federativas y municipios involucrados. Párrafo reformado DOF 01-04-2024
En términos del Programa de Desarrollo se fomentarán programas de vinculación con empresas y trabajadores locales, y de responsabilidad social, con el objeto de promover el desarrollo humano y sustentable de las comunidades o localidades en las que se ubique la Zona y su Área de Influencia.
CAPÍTULO TERCERO Del establecimiento y operación de las Zonas
Sección I De los Permisos y Asignaciones
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es importante que las empresas involucradas en las Zonas se preparen para cumplir con los procedimientos de consulta. Esto no solo es un requisito legal, sino que también puede mejorar la aceptación social de los proyectos.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo