LFSA

Artículo 12. Información de Relaciones Exteriores

La Secretaría de Relaciones Exteriores informará sobre enfermedades de notificación obligatoria en el extranjero. Esta información es clave para la prevención de riesgos sanitarios en el país.

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Texto Legal

La Secretaría de Relaciones Exteriores, a petición de la Secretaría, le informará sobre la existencia en el extranjero de enfermedades de los animales de notificación obligatoria o sobre bienes de origen animal contaminados, así como cualquier información que resulte necesaria para el ejercicio de sus atribuciones.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Mantenerse informado sobre la situación internacional es esencial para anticipar riesgos. Los profesionales deben estar atentos a las notificaciones de la Secretaría de Relaciones Exteriores.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 12 del LFSA?

La Secretaría de Relaciones Exteriores informará sobre enfermedades de notificación obligatoria en el extranjero. Esta información es clave para la prevención de riesgos sanitarios en el país.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 12 de la LEY de Sanidad Animal?

[IA] Mantenerse informado sobre la situación internacional es esencial para anticipar riesgos. Los profesionales deben estar atentos a las notificaciones de la Secretaría de Relaciones Exteriores.

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