LFRM

Artículo 4. Aplicación de Disposiciones

La aplicación de esta Ley corresponde a diversas autoridades, incluyendo el Congreso y el Instituto Nacional Electoral. Este último organiza el proceso de votación.

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Texto Legal

La aplicación de las disposiciones previstas en esta Ley corresponde al Congreso de la Unión, al Instituto Nacional Electoral y al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en sus respectivos ámbitos de competencia.

LEY FEDERAL DE REVOCACIÓN DE MANDATO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Nueva Ley DOF 14-09-2021 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

El Instituto tendrá a su cargo, en forma directa, la organización, desarrollo y cómputo de la votación, incluyendo los Consejos y juntas ejecutivas locales y distritales que correspondan.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La coordinación entre estas instituciones es clave para el éxito del proceso de revocación. Los abogados deben estar atentos a las directrices emitidas por el Instituto Nacional Electoral.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 4 del LFRM?

La aplicación de esta Ley corresponde a diversas autoridades, incluyendo el Congreso y el Instituto Nacional Electoral. Este último organiza el proceso de votación.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 4 de la LEY de Revocación de Mandato?

[IA] La coordinación entre estas instituciones es clave para el éxito del proceso de revocación. Los abogados deben estar atentos a las directrices emitidas por el Instituto Nacional Electoral.

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