El articulo 77 ha sido derogado, con una fe de erratas publicada el 10 de marzo de 1983. Esta derogación se formalizó el 18 de julio de 2016.
(Se deroga) Fe de erratas al artículo DOF 10-03-1983. Reformado DOF 21-07-1992. Derogado DOF 18-07-2016
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La derogación de este articulo refleja la evolución de la ley y la necesidad de actualizar las normativas. Los profesionales deben estar atentos a las reformas para evitar confusiones.
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