LFPPCPCIA

Artículo 44. Contribucion de la Administracion Publica

Todas las dependencias de la Administracion Publica Federal deben contribuir al cumplimiento de los fines de la Ley. Esto asegura un enfoque integral en la proteccion del patrimonio cultural.

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Texto Legal

En el ámbito de sus respectivas competencias, todas las dependencias de la Administración Pública Federal deberán contribuir al cumplimiento de los fines y el objeto de la Ley.

Capítulo Segundo Las Instancias del Sistema de Protección

Sección Primera De la integración de la Comisión

LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO CULTURAL DE LOS PUEBLOS Y COMUNIDADES INDÍGENAS Y AFROMEXICANAS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La colaboracion entre diferentes dependencias puede mejorar la efectividad de las acciones de proteccion. Las comunidades deben estar atentas a las oportunidades de colaboracion.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 44 del LFPPCPCIA?

Todas las dependencias de la Administracion Publica Federal deben contribuir al cumplimiento de los fines de la Ley. Esto asegura un enfoque integral en la proteccion del patrimonio cultural.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 44 de la Ley de Protección del Patrimonio Cultural de lo...?

[IA] La colaboracion entre diferentes dependencias puede mejorar la efectividad de las acciones de proteccion. Las comunidades deben estar atentas a las oportunidades de colaboracion.

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