LFPPCPCIA

Artículo 35. Objetivos del Sistema de Proteccion

El Sistema de Proteccion tiene varios objetivos, incluyendo la defensa de la propiedad colectiva y la promocion del patrimonio cultural. Busca coordinar acciones para el desarrollo integral de las comunidades.

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Texto Legal

El Sistema de Protección tendrá como objetivos:

I. Articular acciones de las dependencias y entidades del gobierno federal para garantizar el respeto y la defensa de la propiedad colectiva de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, respecto de su patrimonio cultural, conocimientos y expresiones culturales tradicionales;

II. Coordinar la elaboración de instrumentos, programas, servicios y acciones para la preservación, desarrollo integral y promoción del patrimonio cultural de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas y de sus elementos;

III. Coordinar e implementar las acciones de protección jurídica y administrativa del patrimonio cultural de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas;

IV. Contribuir al desarrollo integral de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas a partir del fomento y aprovechamiento de los elementos de su patrimonio cultural;

V. Promover, en conjunto con los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, el uso, aprovechamiento y comercialización de los elementos de su patrimonio cultural, a partir de sus formas propias de organización social y económica;

VI. Colaborar, cuando así sea requerido por los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, para que la compensación por el uso, aprovechamiento y comercialización de los elementos de su patrimonio cultural, por parte de terceros, sea justa, equitativa y oportuna;

VII. Diseñar e implementar políticas públicas de protección, salvaguardia y desarrollo de los elementos del patrimonio cultural de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas;

VIII. Identificar e informar a los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas sobre los usos no autorizados o no consentidos de los elementos de su patrimonio cultural, conocimientos y expresiones culturales tradicionales;

IX. Contribuir al desarrollo creativo y de nuevos aprovechamientos por parte de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas respecto de los elementos de su patrimonio cultural;

X. Proporcionar a la población en general orientación sobre la importancia de los elementos del patrimonio cultural de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas;

XI. Registrar, catalogar y documentar elementos del patrimonio cultural de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas;

XII. Establecer programas de capacitación e investigación relativos al patrimonio cultural de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, y

XIII. Establecer mecanismos de cooperación internacional para evitar la apropiación indebida y el uso, aprovechamiento, comercialización o industrialización de elementos del patrimonio cultural de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, sin que medie su consentimiento libre, previo e informado.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Las comunidades deben estar al tanto de estos objetivos para poder aprovechar los recursos y programas disponibles. La coordinacion con el gobierno es fundamental para el desarrollo sostenible.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 35 del LFPPCPCIA?

El Sistema de Proteccion tiene varios objetivos, incluyendo la defensa de la propiedad colectiva y la promocion del patrimonio cultural. Busca coordinar acciones para el desarrollo integral de las comunidades.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 35 de la Ley de Protección del Patrimonio Cultural de lo...?

[IA] Las comunidades deben estar al tanto de estos objetivos para poder aprovechar los recursos y programas disponibles. La coordinacion con el gobierno es fundamental para el desarrollo sostenible.

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