LFPC

Artículo 41. Instructivos para productos peligrosos

Los proveedores de productos potencialmente peligrosos deben incluir instructivos claros sobre su uso y advertencias sobre sus efectos. Esto es vital para la seguridad del consumidor y la protección del medio ambiente.

productos peligrososinstructivosseguridad

Texto Legal

Cuando se trate de productos o servicios que de conformidad con las disposiciones aplicables, se consideren potencialmente peligrosos para el consumidor o lesivos para el medio ambiente o cuando sea previsible su peligrosidad, el proveedor deberá incluir un instructivo que advierta sobre sus características nocivas y explique con claridad el uso o destino recomendado y los posibles efectos de su uso, aplicación o destino fuera de los lineamientos recomendados. El proveedor responderá de los daños y perjuicios que cause al consumidor la violación de esta disposición, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 92 TER de esta ley. Artículo reformado DOF 04-02-2004

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Los proveedores deben asegurarse de cumplir con esta obligación para evitar responsabilidades legales. Incluir advertencias claras puede prevenir daños y mejorar la percepción de la marca.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 41 del LFPC?

Los proveedores de productos potencialmente peligrosos deben incluir instructivos claros sobre su uso y advertencias sobre sus efectos. Esto es vital para la seguridad del consumidor y la protección del medio ambiente.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 41 de la LEY de Protección al Consumidor?

Los proveedores deben asegurarse de cumplir con esta obligación para evitar responsabilidades legales. Incluir advertencias claras puede prevenir daños y mejorar la percepción de la marca.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 41 del LFPC?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 41 LFPC desde tu celular