Las reclamaciones pueden desahogarse en varios lugares, incluyendo donde ocurrió el hecho. Se debe informar al consumidor sobre la atención de su reclamación.
Las reclamaciones podrán desahogarse a elección del reclamante, en el lugar en que se haya originado el hecho motivo de la reclamación; en el del domicilio del reclamante, en el del proveedor, o en cualquier otro que se justifique, tal como el del lugar donde el consumidor desarrolla su actividad habitual o en el de su residencia. Párrafo reformado DOF 04-02-2004
En caso de no existir una unidad de la Procuraduría en el lugar que solicite el consumidor, aquélla hará de su conocimiento el lugar o forma en que será atendida su reclamación. Párrafo adicionado DOF 04-02-2004
LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 12-12-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La flexibilidad en el desahogo de reclamaciones puede beneficiar a los consumidores, pero los proveedores deben estar preparados para atenderlas en múltiples ubicaciones.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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