Los ejecutores de gasto deben informar sobre su deuda pública flotante o pasivo circulante al cierre del ejercicio fiscal anterior antes de febrero.
Los ejecutores de gasto informarán a la Secretaría antes del último día de febrero de cada año el monto y características de su deuda pública flotante o pasivo circulante al cierre del ejercicio fiscal anterior.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este informe es crucial para la transparencia financiera, y los contadores deben asegurarse de que se cumplan los plazos para evitar sanciones y mantener la confianza en la gestión pública.
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