LFPRH

Artículo 19 Ter. Aprovechamientos de Partidos Politicos

Los ingresos de los partidos políticos que se entreguen a la Tesorería pueden ser utilizados para atender desastres o situaciones de emergencia. Este artículo fue declarado inválido por la SCJN.

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Texto Legal

Los ingresos, por concepto de aprovechamientos, que correspondan a las disponibilidades [o remanentes de recursos] que los partidos políticos enteren a la Tesorería de la Federación en términos del artículo 23, numeral 1, inciso d), cuarto párrafo, de la Ley General de Partidos Políticos, podrán ser destinados por la Secretaría [preferentemente] para atender los efectos de cualquier desastre o fenómeno contemplado en la Ley General de Protección Civil o cualquier otro que ponga a la sociedad en grave peligro. Artículo adicionado DOF 27-02-2022 Artículo declarado inválido por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales 11-10-2022 y publicada DOF 26-06-2023 (En las porciones normativas “o remanentes de recursos” y “preferentemente”)

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Aunque este artículo fue declarado inválido, es importante que los contadores y abogados estén informados sobre la normativa vigente y sus implicaciones en la gestión de recursos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 19 Ter del LFPRH?

Los ingresos de los partidos políticos que se entreguen a la Tesorería pueden ser utilizados para atender desastres o situaciones de emergencia. Este artículo fue declarado inválido por la SCJN.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 19 Ter de la LEY de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria?

Aunque este artículo fue declarado inválido, es importante que los contadores y abogados estén informados sobre la normativa vigente y sus implicaciones en la gestión de recursos.

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