LFPRH

Artículo 114. Sanciones a servidores publicos

Se sancionará a los servidores públicos que causen daño a la Hacienda Pública o incumplan con las disposiciones de la ley. Las sanciones pueden incluir responsabilidades económicas.

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Texto Legal

Se sancionará en los términos de las disposiciones aplicables a los servidores públicos que incurran en alguno de los siguientes supuestos:

I. Causen daño o perjuicio a la Hacienda Pública Federal, incluyendo los recursos que administran los Poderes, o al patrimonio de cualquier ente autónomo o entidad;

II. No cumplan con las disposiciones generales en materia de programación, presupuestación, ejercicio, control y evaluación del gasto público federal establecidas en esta Ley y el Reglamento, así como en el Decreto de Presupuesto de Egresos;

III. No lleven los registros presupuestarios y contables en la forma y términos que establece esta Ley, con información confiable y veraz;

IV. Cuando por razón de la naturaleza de sus funciones tengan conocimiento de que puede resultar dañada la Hacienda Pública Federal o el patrimonio de cualquier ente autónomo o entidad y, estando dentro de sus atribuciones, no lo eviten o no lo informen a su superior jerárquico;

V. Distraigan de su objeto dinero o valores, para usos propios o ajenos, si por razón de sus funciones los hubieren recibido en administración, depósito o por otra causa;

VI. Incumplan con la obligación de proporcionar en tiempo y forma la información requerida por la Secretaría y la Función Pública, en el ámbito de sus respectivas competencias;

VII. Incumplan con la obligación de proporcionar información al Congreso de la Unión en los términos de esta Ley y otras disposiciones aplicables;

VIII. Realicen acciones u omisiones que impidan el ejercicio eficiente, eficaz y oportuno de los recursos y el logro de los objetivos y metas anuales de las dependencias, unidades responsables y programas;

IX. Realicen acciones u omisiones que deliberadamente generen subejercicios por un incumplimiento de los objetivos y metas anuales en sus presupuestos, y

X. Infrinjan las disposiciones generales que emitan la Secretaría, la Función Pública y la Auditoría, en el ámbito de sus respectivas atribuciones.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las sanciones a servidores públicos son severas y pueden tener repercusiones financieras. Es vital que los contadores asesoren a sus clientes sobre el cumplimiento de las normativas para evitar sanciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 114 del LFPRH?

Se sancionará a los servidores públicos que causen daño a la Hacienda Pública o incumplan con las disposiciones de la ley. Las sanciones pueden incluir responsabilidades económicas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 114 de la LEY de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria?

Las sanciones a servidores públicos son severas y pueden tener repercusiones financieras. Es vital que los contadores asesoren a sus clientes sobre el cumplimiento de las normativas para evitar sanciones.

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