Los trabajadores pueden comparecer por sí mismos o a través de representantes acreditados. Esto facilita la participación en el proceso judicial.
Los trabajadores podrán comparecer por sí o por representantes acreditados mediante simple carta poder.
Los titulares podrán hacerse representar por apoderados que acrediten ese carácter mediante simple oficio.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La posibilidad de comparecer por representantes puede ser útil para trabajadores que no puedan asistir personalmente. Asegurarse de que la representación esté bien documentada es esencial.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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