LFAR

Artículo 27. Comité de Evaluación

Se formará un Comité de Evaluación encargado de promover y evaluar las políticas de austeridad en los entes públicos. Este comité deberá presentar informes anuales sobre su desempeño.

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Texto Legal

Se formará un Comité de Evaluación, el cual será responsable de promover y evaluar las políticas y medidas de austeridad republicana de los entes públicos.

El Comité de Evaluación deberá entregar informes de evaluación de forma anual, los cuales deberán ser remitidos a la Cámara de Diputados para su conocimiento y contener al menos los siguientes elementos:

I. Medidas tomadas por la Administración Pública Federal;

II. Impacto presupuestal de las medidas;

III. Temporalidad de los efectos de ahorro;

IV. Posibles mejoras a las medidas de austeridad republicana, y

V. Destino del ahorro obtenido.

Los resultados de dicha evaluación serán presentados ante el Ejecutivo Federal y deberán servir para retroalimentar y mejorar futuras medidas de austeridad republicana.

Capítulo Segundo De las Responsabilidades

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La creación de este comité es un paso importante hacia la rendición de cuentas. Los contadores deben colaborar con este organismo para asegurar la correcta evaluación de las políticas implementadas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 27 del LFAR?

Se formará un Comité de Evaluación encargado de promover y evaluar las políticas de austeridad en los entes públicos. Este comité deberá presentar informes anuales sobre su desempeño.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 27 de la LEY de Austeridad Republicana?

La creación de este comité es un paso importante hacia la rendición de cuentas. Los contadores deben colaborar con este organismo para asegurar la correcta evaluación de las políticas implementadas.

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