LSPM

Artículo 60. Propiedad de correspondencia

Los remitentes son considerados propietarios de la correspondencia mientras esta esté en poder de la oficina postal. Esto establece una clara responsabilidad sobre los envíos.

propiedadcorrespondenciaoficina postal

Texto Legal

Los remitentes se considerarán propietarios de la correspondencia y envíos, mientras éstos permanezcan en poder de la oficina postal.

CAPITULO XX Derechos de los destinatarios

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Los remitentes deben tener en cuenta que su propiedad sobre los envíos implica responsabilidad en caso de problemas durante el proceso de entrega.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 60 del LSPM?

Los remitentes son considerados propietarios de la correspondencia mientras esta esté en poder de la oficina postal. Esto establece una clara responsabilidad sobre los envíos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 60 de la LEY del Servicio Postal Mexicano?

Los remitentes deben tener en cuenta que su propiedad sobre los envíos implica responsabilidad en caso de problemas durante el proceso de entrega.

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