LSPM

Artículo 53. Cobro de vales extraviados

El cobro de vales postales extraviados se realizará mediante un recibo que otorgue el interesado. Este procedimiento asegura que solo el titular pueda reclamar el vale.

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Texto Legal

El cobro de vales postales extraviados o perdidos se hará mediante recibo que otorgue el interesado.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Es recomendable que los usuarios guarden todos los recibos relacionados con vales postales para facilitar el proceso de reclamación.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 53 del LSPM?

El cobro de vales postales extraviados se realizará mediante un recibo que otorgue el interesado. Este procedimiento asegura que solo el titular pueda reclamar el vale.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 53 de la LEY del Servicio Postal Mexicano?

Es recomendable que los usuarios guarden todos los recibos relacionados con vales postales para facilitar el proceso de reclamación.

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