Este artículo proporciona definiciones esenciales para la interpretación de la Ley, incluyendo términos como 'Servicio Público de Correos' y 'Organismo'. Estas definiciones son cruciales para el entendimiento de los derechos y obligaciones establecidos.
Para los efectos de esta Ley, se entenderá por:
LA SECRETARIA.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
SERVICIO PUBLICO DE CORREOS.- La recepción, transportación y entrega de la correspondencia.
CORRESPONDENCIA.- La contenida en sobre cerrado y tarjetas postales, que se ajuste a las normas previstas en la presente Ley y en las disposiciones reglamentarias que al efecto se expidan.
SERVICIOS DIVERSOS.- La Recepción, transportación y entrega de envíos, distintos a la correspondencia.
ORGANISMO.- El Organismo Descentralizado denominado Servicio Postal Mexicano.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Conocer estas definiciones es vital para la correcta aplicación de la ley. Asegúrese de referirse a este artículo al interpretar otros preceptos legales.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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