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Artículo 26. Subcomisión de Análisis y Prospectiva

La Subcomisión de Análisis y Prospectiva está integrada por varios miembros clave del Servicio Exterior y puede invitar a expertos externos para enriquecer sus funciones.

subcomisionanalisisprospectiva

Texto Legal

BIS.- La Subcomisión de Análisis y Prospectiva está integrada por:

I. Presidencia de la Comisión de Personal, cuyo titular la presidirá;

II. Titular del Instituto Matías Romero;

III. Titular de la Oficialía Mayor;

IV. Titular de la Dirección General que tenga bajo su cargo los asuntos concernientes al personal del
Servicio Exterior, según lo disponga el Reglamento Interior de la Secretaría, quien fungirá como
secretario de la misma, y

V. Representante de cada una de las ramas del Servicio Exterior, con rango mínimo de Agregado
Administrativo “A” y Consejero, respectivamente; propuestos por quien ocupe la Presidencia de la
Comisión de Personal y aprobados por el Secretario.

Adicionalmente, esta Subcomisión podrá invitar a otros Miembros del Servicio Exterior, servidores
públicos y/o representantes de la sociedad civil, sector privado, académico, entre otros, con el objetivo de
allegarse mayores elementos para el desahogo de sus funciones.
Artículo adicionado DOF 19-04-2018

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La inclusión de expertos externos puede ofrecer nuevas perspectivas y mejorar la toma de decisiones. Es recomendable que los miembros de la subcomisión mantengan una red de contactos amplia.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 26 del 96_190418?

La Subcomisión de Análisis y Prospectiva está integrada por varios miembros clave del Servicio Exterior y puede invitar a expertos externos para enriquecer sus funciones.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 26 de la LEY del Servicio Exterior Mexicano?

La inclusión de expertos externos puede ofrecer nuevas perspectivas y mejorar la toma de decisiones. Es recomendable que los miembros de la subcomisión mantengan una red de contactos amplia.

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